Municipio Turístico de la Comunitat Valenciana, una oportunidad única para los destinos valencianos
Cerca de medio centenar de profesionales técnicos y agentes de turismo de entidades públicas se reunieron en el webinar #MuniTurCV para resolver las dudas y conocer en profundidad los requisitos del Estatuto de Municipio Turístico de la Comunitat Valenciana.
El 16 de septiembre se llevó a cabo esta jornada enmarcada dentro de las Tourism Talks by Sien Consulting donde Lorena Martínez, consultora en Sien Consulting y especialista en la preparación de memorias para la declaración de municipio turístico de la Comunitat Valenciana, fue la encargada de profundizar en el Estatuto del Municipio Turístico de la Comunitat Valenciana.
¿Qué es un Municipio Turístico?
Según el Artículo 29, de la Ley 15/2018, de 7 de junio, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana, “se considera municipio turístico, y podrá acceder a vías de financiación específicas, aquel que cumpla los criterios y las obligaciones que reglamentariamente se establezcan“. Además, “el estatuto del municipio turístico podrá diversificar la condición de municipio turístico en virtud del grado de cumplimiento de los criterios y obligaciones” y también “establecerá mecanismos de financiación para compensar el esfuerzo financiero de los municipios turísticos, motivado por la actividad turística, en la prestación de servicios“.
Pero es el Decreto 5/2020, de 10 de enero, el que regula el Estatuto del Municipio Turístico de la Comunitat Valenciana (que fue modificado por el Decreto 203/2021, de 17 de diciembre), y que tiene como finalidad esencial la de promover la calidad en la prestación de los servicios municipales al conjunto, contribuyendo a un turismo sostenible e inclusivo, con fundamento en el principio de hospitalidad y en los compromisos que derivan del código ético del turismo valenciano.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
Para obtener la declaración de Municipio Turístico de la Comunitat Valenciana, los destinos deben cumplir con unos compromisos, criterios y obligaciones. Entre ellas, adhedirse al Código Ético del Turismo Valenciano; y cumplir con una serie de criterios de población turística, plazas de alojamiento, así como disponer de al menos un recurso turístico de primer orden incluido en el Catálogo de Recursos Territoriales Turísticos de la Comunitat Valenciana.
Además, como la última modificación establece diversos cambios, entre ellos, la categorización de Municipios Turísticos en base al nivel de cumplimiento de los requisitos (excelencia, relevancia y singularidad), los destinos tienen que cumplir una serie de obligaciones como disponer de como mínimo una oficina de información turística integrada en la red Tourist Info y abierta al menos cuatro meses al año (continua o intermitentemente).
También deben contar con un plan estratégico turístico (PET) vigente, aprobado y con una duración mínima tres años, que aborde como mínimo aspectos como las medidas de sostenibilidad, accesibilidad integral e inclusivas; la mejora y refuerzo de la calidad de los servicios turísticos y de mejora de la competitividad y el empleo; y la gestión inteligente del destino turístico.
Y, entre muchos otros requisitos que se deben cumplir y que aparecen especificados en el Decreto 5/2020, el municipio deberá estar orientado hacia el concepto de Destino Turístico Inteligente (DTI).
¿Cuál es el beneficio de ser Municipio Turístico?
Los destinos que sean declarados como Municipio Turístico antes del que finalice el plazo de presentación previsto para el 30 de diciembre de 2022, serán objeto de atención preferente en planes y programas turísticos de la Generalitat Valenciana, así como en las actividades dirigidas a promoción interior y exterior del turismo y en las políticas de implantación o mejora de infraestructuras y servicios que incidan especialmente en el turismo y estén impulsadas por la Generalitat.
Además, tendrán derecho a financiación y, concretamente, dispondrán de vías de financiación específicas para compensar el esfuerzo financiero motivado por la actividad turística; financiación nominativa a través del correspondiente convenio; y tendrán consideración específica en el Fondo de Cooperación Municipal Incondicionado de la Comunitat Valenciana.
En resumen, nos encontramos frente a un marco normativo que pretende reconocer el esfuerzo de los municipios, ofrecer unas garantías de calidad al visitante y ayudar a la Comunitat Valenciana a mantener su posición de liderazgo turístico.
Por ese motivo, desde Sien Consulting acompañamos y ayudamos a los ayuntamientos en todo el proceso de revisión y tramitación para obtener el reconocimiento de Municipio Turístico de la Comunitat Valenciana. Contacta con nosotros haciendo clic aquí.
A continuación, facilitamos el vídeo de la sesión para todos aquellos municipios que deseen optar a esta declaración antes de que finalice el año:
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